Estudios

Si quiere adquirir números completos de la revista, vaya al apartado Revistas

Volver al listado
5.00 €

Año

2016

Fecha

30-04-2016

Número

754

Páginas

827 - 860

Sección

DICTÁMENES Y NOTAS

Título

El tratamiento registral de las cláusulas de vencimiento anticipado de las hipotecas

Title

Property registry treatment of the eary termination clauses of mortgages

Autor

ZUMAQUERO GIL, LAURA

Resumen

El artículo 12 de la Ley Hipotecaria ha sido objeto de distintas interpretaciones por parte de la doctrina científica, dividida entre aquellos autores que son favorables a la calificación registral de las cláusulas de vencimiento anticipado y demás cláusulas financieras de las hipotecas, y aquellos otros que consideran que la redacción de este precepto impide a los registradores realizar un control de legalidad sobre este tipo de cláusulas al ordenar la transcripción de las mismas a efectos de publicidad noticia.

La Dirección General de los Registros y del Notariado se ha pronunciado recientemente admitiendo que el registrador realice una mínima actividad calificadora sobre las cláusulas de vencimiento anticipado y demás cláusulas financieras, pudiendo denegar su inscripción solamente cuando su carácter abusivo pueda ser apreciado de manera objetiva. Aunque pueda considerarse un avance  respecto al criterio que ha venido manteniendo la Dirección General desde los años noventa en contra de la calificación registral de este tipo de cláusulas, esta solución no es suficiente, al seguir privando de autonomía a los registradores a la hora de calificar las cláusulas abusivas de un contrato. Esta doctrina limita claramente el control preventivo que deben realizar los registradores en aras a una efectiva protección de los consumidores.

Abstract

Article 12 of the Mortgage Law has been interpreted differently by the scientific doctrine, divided between those authors who are agree with the registration qualification of early termination clauses and those who believe that this article doesn ’t let Registrars perform legality of such clauses to order the transcript of the same for purposes of advertising news.

The Directorate General of Registries and Notaries has recently confirmed that the Registrar can make a minimum qualifying activity on the early termination clauses, may refuse registration only if it is unfair to be assessed objectively. Although it may be considered an improvement on the opinion that has maintained the Directorate General since the nineties against the registration qualification of such clauses, this solution is not enough autonomy to continue depriving the Registrar when qualifying unfair terms of a contract. This doctrine clearly limits the preventive control to be performed by registrars in order to effective consumer protection.

Palabras clave

Calificación registral. Cláusulas de vencimiento anticipado. Hipotecas. Cláusulas abusivas. Control preventivo.

Key words

Registry qualification. Eary termination clauses. Mortgages. Unfair terms. Preventive control.

Sumario

Abrir sumario
Descargar