Estudios

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Año

2006

Fecha

ENERO-FEBRERO

Número

693

Páginas

63 - 120

Sección

ESTUDIOS

Título

LA CAPACIDAD JURÍDICA EN LAS PERSONAS FÍSICAS Y EN LOS ENTES MORALES.

Autor

BUSTOS PUECHE, JOSÉ ENRIQUE

Resumen

El estudio parte de la idea de que la capacidad jurídica es siempre una cualidad que reconoce el Ordenamiento jurídico, ya en las personas físicas, ya en los entes morales. Sin embargo, el grado de arbitrio de aquél es muy diferente en uno y otro caso. El Estado no puede por menos de atribuir esa cualidad a la persona, así que exista y dé el razonable indicio de subsistencia. En cambio para reconocer esa capacidad a los grupos sociales, el Estado cuenta con mucha mayor libertad: entre otras cosas no puede renunciar a un control de legalidad sobre los fines y medios del grupo que aspira a convertirse en sujeto de Derecho.
El desarrollo del estudio exige, en consecuencia:
1. La justificación de que la capacidad jurídica es una cualidad única.
2. La explicación de esa cualidad en las personas físicas o naturales, lo que obliga a distinguir entre personalidad y capacidad jurídica, distinción meramente nominal pero no sustantiva en los autores.
3. La reflexión de que sea capacidad jurídica en los entes morales, asunto últimamente enturbiado por sedicentes intentos de excluir la intervención del Estado en el reconocimiento de personalidad en las personas morales, so pretexto de que ello viene exigido por el derecho fundamental de asociación.
Finalmente, se aplican las meditaciones expuestas al controvertido caso de las sociedades civiles, campo éste en que, como es sabido, se produjo una variación muy notoria y llamativa en la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado, al menos discutible.

Abstract

The study commences with the idea that legal capacity is always a quality that the law acknowledges, be it to individuals or to corporate bodies. However, the degree of discretion that the law has varies widely between the two cases. The state cannot but attribute the quality of legal capacity to a person, as long as he exists and shows a reasonable sign of subsistence. On the other hand, in recognising corporate bodies as having legal capacity, the state has much more freedom; among other things, it cannot choose not to examine the ends and means of any body that aspires to become a legal person, to ensure that they are legal.
The development of the study requires, accordingly:
1. Justification showing that legal capacity is a single quality.
2. Explanation of that quality in individual or natural persons, which necessitates a distinction between legal personality and legal capacity, a distinction that is merely nominal but not substantive in the authors.
3. Reflection on what legal capacity is in corporate bodies, a point that is ultimately obscured by would-be attempts to bar intervention by the state in the acknowledging of personality in corporate persons, on the pretext that the fundamental right of self-organisation so requires.
Lastly, the meditations put forth are applied to the controversial case of civil societies, a field in which, as is well known, there has been a notorious and striking change in the doctrine of the Directorate- General of Registries and Notarial Affairs, which is disputable at the least.

Palabras clave

CAPACIDAD JURÍDICA.

Key words

LEGAL CAPACITY.

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