Estudios

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5.00 €

Año

2010

Fecha

JULIO-AGOSTO

Número

720

Páginas

1559 - 1594

Sección

ESTUDIOS

Título

CONCEPTO Y LÍMITES DEL DAÑO MORAL: EL RETORNO AL PRETIUM DOLORIS.

Autor

LINACERO DE LA FUENTE, Mª TERESA

Resumen

El trabajo pretende diseñar una construcción jurídica del daño moral, fijando diversos criterios de delimitación.
La falta de uniformidad, las enormes discrepancias de los tribunales y una cierta trivialización del concepto de daño moral, permiten hablar de caos, lotería judicial o, si se prefiere, como titula Díez-Picazo uno de sus libros del «escándalo del daño moral».
En el artículo se preconiza una concepción del daño moral íntimamente ligada a los principios de «justicia, dignidad y respeto a los derechos de los demás», consagrados en el texto constitucional.
A partir de los criterios de delimitación expuestos en el trabajo, se concluye que la esencia del daño moral radica en la lesión grave de los derechos de la personalidad, atendiendo al riesgo general de la vida de padecer angustias, zozobras e incomodidades y a los valores e ideales que la sociedad estima dignos de especial tutela.
El concepto adoptado y que da título al trabajo de daño moral como pretium doloris, no significa la petrificación o esclerotización del referido concepto.
Manteniendo el rigor de las categorías jurídicas lo que si se debe ampliar es el concepto de dolor. Y este, es un concepto permeable y que debe entenderse que evoluciona conforme a la realidad social, lo que permite incluir en el ámbito del daño moral supuestos que no eran pensables hace treinta años.
En todo caso, la esencia del daño moral es la lesión de los bienes de la personalidad, aquellos bienes de los que dice De Castro, que recuerda las palabras de Séneca, «sine quibus possumus vivere, sed mors potius est».

Abstract

This paper endeavours to design a legal construction by setting a number of criteria delimiting the concept of mental anguish.
Because of the lack of uniformity, the gaping discrepancies between courts and a certain trivialisation of the concept of mental anguish, we might speak of chaos, a judicial lottery or, if one prefers, as Díez-Picazo entitled one of his books, the «scandal of mental anguish».
The article advocates a conception of moral anguish that is tightly bound to the principles of «justice, dignity and respect for others' rights», which are consecrated in the Constitution.
On the basis of the criteria of delimitation stated in the paper, the conclusion drawn is that the essence of mental anguish lies in the serious injury done to individual rights, allowing for the general life risk of encountering distress, anxiety and discomfort and allowing for the values and ideals that society deems worthy of special protection.
The concept thus adopted, which gives the paper its title of «Mental Anguish as Pretium Doloris», does not signify the petrifaction or sclerotisation of the concept of mental anguish.
While maintaining the strictness of the legal categories, what should be expanded is the concept of «pain». And pain is a permeable concept that must be understood to evolve pursuant to social reality, thus enabling the sphere of «mental anguish» to include cases that were unthinkable thirty years ago.
At all events, the essence of mental anguish is the injury of individual rights, those rights of which de Castro, recalling the words of Seneca, says, «Sine quibus possumus vivere, sed mors potius est».

Palabras clave

DAÑO MORAL. DERECHOS DE LA PERSONALIDAD.

Key words

MENTAL ANGUISH. INDIVIDUAL RIGHTS.

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