Estudios

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Año

2020

Fecha

31-08-2020

Número

780

Páginas

2430 - 2455

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. CONCURSAL (2013-2021)

Título

Arrendamientos de vivienda, epidemia del COVID-19 y estado de alarma

Title

Housing leases, COVID-19 epidemic and alarm status

Autor

JIMÉNEZ PARÍS, TERESA ASUNCIÓN

Resumen

La situación de parálisis a que se ha abocado al conjunto de la sociedad española (y a su tejido productivo) por las decisiones de confinamiento (consecuencia de la regulación del estado de alarma y sus prórrogas), han determinado directamente la pérdida o reducción de ingresos de buena parte de la población, singularmente, trabajadores autónomos, pequeños y medianos empresarios y trabajadores por cuenta ajena. Ello lógicamente repercute en su capacidad para hacer frente a los gastos cotidianos entre los que se encuentra el pago de la renta arrendaticia de su vivienda habitual. El Real Decreto Ley 11/2020 introduce una serie de medidas cuyos beneficiarios son los arrendatarios calificados de vulnerables por el Real Decreto Ley. Dichas medidas son: una moratoria en el pago de la renta o una condonación del 50% de la renta en caso de arrendadores-grandes tenedores; la concesión por entidades de crédito de préstamos avalados y subvencionados por el Estado para el abono de la renta; ayudas directas del Estado para el abono de estos préstamos; soluciones habitacionales en viviendas de titularidad pública o cedidas voluntariamente a la administración; y en su defecto, ayudas de las que son beneficiarias, por cuenta de las personas vulnerables, administraciones, empresas públicas y entes sin ánimo de lucro que tengan por finalidad dotar de soluciones habitacionales a dichas personas. El Real Decreto Ley también prevé la suspensión extraordinaria de los desahucios para el arrendatario vulnerable durante un periodo máximo de 6 meses a contar desde su entrada en vigor (2 de abril de 2020) y una prórroga extraordinaria de todos los contratos de arrendamiento de vivienda que finalicen entre el 2 de abril de 2020 y los dos meses posteriores a la finalización del estado de alarma, por un periodo de hasta 6 meses desde la fecha de su vencimiento (siempre que lo solicite el inquilino).

Abstract

The situation of paralysis to which the whole of Spanish society (and its productive fabric) has been led by confinement decisions (consequence of the regulation of the state of alarm and its extensions), have directly determined the loss or reduction of income of a good part of the population, singularly, selfemployed workers, small and medium-sized entrepreneurs and employed workers. This logically affects their ability to meet the daily expenses, among which is the payment of the rent of their habitual residence. The Royal Decree Law 11/2020 introduces a series of measures whose beneficiaries are the tenants classified as vulnerable by the Royal Decree Law. These measures are: a moratorium on the payment of rent or a remission of 50% of the rent in lessors-large holders; the granting by credit institutions of loans guaranteed and subsidized by the State for the payment of rental income; direct State aid for the payment of these loans; housing solutions in publicly owned housing or voluntarily assigned to the administration; and failing that, aid of which they are beneficiaries, on behalf of vulnerable people, administrations, public companies and non-profit entities whose purpose is to provide housing solutions to such people. The Royal Decree Law also provides for the extraordinary suspension of evictions for the vulnerable tenant for a maximum period of 6 months from its entry into force (April 2, 2020) and an extraordinary extension of all housing lease contracts that end between April 2, 2020 and two months after the end of the alarm status, for a period of up to 6 months from the expiration date (whenever requested by the tenant).

Palabras clave

Covid-19. Estado de alarma. Arrendamiento de vivienda. Arrendatario vulnerable.

Key words

Covid-19. State of alarm. Housing lease. Vulnerable lessee.

Sumario

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