MALA FE, ABUSO DE DERECHO Y RELACIONES FAMILIARES.
Palabras clave:
MALA FE, RELACIONES FAMILIARESResumen
La mala fe se identifica con el dolo entendido este como acto consciente e intencional que requiere la voluntariedad y la antijuridicidad de la conducta. En derecho de familia, concretamente en cuestiones de infidelidad se entiende que la conducta del cónyuge infiel pese a la existencia de hijos fruto de dicha relación no es dolosa y no cabe aplicar el artículo 1902 del Código Civil. Aunque no se duda del carácter de obligación contractual, que tiene su origen en el contrato de matrimonio y que cada cónyuge viene obligado a cumplir.



