Naturaleza jurídica de las plataformas digitales como meras intermediarias o como prestadoras del servicio principal subyacente: Uber vs. Airbnb

Autores/as

  • Beatriz Sáenz de Jubera Higuero Profesora Titular acreditada de Derecho Civil. Universidad de La Rioja

DOI:

https://doi.org/10.36151/rcdi.2025.811.10

Palabras clave:

alojamiento, Alojamiento turístico, naturaleza jurídica, plataformas digitales, responsabilidad, transporte

Resumen

El auge de las plataformas digitales especialmente en el marco de la prestación de servicios de transporte y alojamiento ha dado lugar a litigios y controversias sobre todo tratando de delimitar la normativa aplicable y el ámbito de su responsabilidad. Para concretar ambas resulta esencial primero determinar la naturaleza jurídica de la actividad que prestan: ¿meras intermediarias y prestadoras de un servicio de la sociedad de la información o realmente prestadoras del servicio principal subyacente, en este caso de transporte o alojamiento?

En este trabajo se analizan los criterios que al respecto de la naturaleza jurídica de las plataformas digitales han acogido en un primer momento la Comisión Europea y posteriormente el TJUE y el Tribunal Supremo español.

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Publicado

14-11-2025

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2022-2026)

Cómo citar

Naturaleza jurídica de las plataformas digitales como meras intermediarias o como prestadoras del servicio principal subyacente: Uber vs. Airbnb. (2025). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 811, 2863-2880. https://doi.org/10.36151/rcdi.2025.811.10