Estudios

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Año

2010

Fecha

30-06-2010

Número

719

Páginas

1171 - 1197

Sección

DERECHO COMPARADO, ESTUDIOS

Título

INSTITUCIONES TUTELARES EN EL DERECHO CIVIL ITALIANO.

Autor

DEL VAS GONZÁLEZ, JUANA Mª

Resumen

Con la atribución de los poderes de cuidado, vigilancia y administración de los bienes del menor a personas distintas de aquéllas a quiénes naturalmente corresponden tales funciones, como son sus progenitores, se está haciendo referencia a todas aquellas situaciones en las que éstos, ya sea por fallecimiento, por no estar capacitados o por otras causas no pueden cumplir las competencias vinculadas al ejercicio de la patria potestad. Cuando concurre cualquiera de estas realidades, se abre una "fase" destinada a la subrogación en las actividades de protección de los intereses personales y patrimoniales del menor, a través del instituto de la tutela contemplado por los artículos 343 y siguientes del CC italiano.
Desde el punto de vista conceptual, la tutela se traduce así en una situación de poder completamente paralela a la patria potestad, ejercitada respecto del menor en todas las relaciones personales y patrimoniales que a éste último corresponden. La normativa vigente contempla dos tipos de tutela: aquélla que recae sobre los menores y aquélla que se ejercita sobre las personas sujetas a interdicción. Esta última, a su vez, se distingue en tutela judicial, relativa a sujetos considerados totalmente privados de la capacidad de obrar, en cuanto afectados por una enfermedad mental grave reconocida y declarada por sentencia en juicio de interdicción, y en tutela legal, relativa a sujetos cuya interdicción es consecuencia de una condena penal.

Abstract

The power to care for, supervise and administrate the assets of a minor is sometimes assigned to someone other than the persons naturally entitled to perform such functions, i.e., the minor's parents. We refer to all those situations where the parents are unable to fulfil the duties linked with the exercise of parental authority and rights, be it due to death, incapacity or other causes. When any of these contingencies become real, a "phase" is opened for subrogation in the activities of protecting the personal and property interests of the minor, through guardianship as envisaged in sections 343 et seqq. of the Italian Civil Code.
From the conceptual point of view, guardianship thus results in a situation of power completely parallel to parental power, exercised with respect to the minor in all of the child's personal and property relationships. Current legislation envisages two types of guardianship, guardianship of minors and guardianship of persons subject to interdiction. The latter, in turn, can be split into judicial guardianship (over individuals considered to have been entirely deprived of their capacity to act due to serious mental illness recognised and declared by the court in interdiction proceedings) and legal guardianship (over individuals whose interdiction is the consequence of a criminal conviction).

Palabras clave

TUTELA. ITALIA.

Key words

GUARDIANSHIP. ITALY.

Sumario

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