Estudios

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Año

2007

Fecha

ENERO-FEBRERO

Número

699

Páginas

175 - 215

Sección

DICTÁMENES Y NOTAS

Título

FUNCIONAMIENTO DE LOS DESPACHOS DE ABOGADOS.

Autor

ORTEGA REINOSO, GLORIA

Resumen

De los despachos de abogados, que son sociedades profesionales externas, surge una organización que, frente a otras sociedades, presenta algunas especialidades derivadas de su objeto social, que impone, como punto de partida, que dicha organización no puede cercenar los principios caracterizadores del ejercicio profesional y, en concreto, la libertad y la independencia con las que los socios profesionales han de desarrollar su actividad profesional en la sociedad, ni los específicos de cada profesión, como es el secreto profesional en la Abogacía. De otro lado, el abogado que se integra en un despacho lo hace con la intención de obtener unos beneficios que le permitan hacer frente a sus necesidades económicas cotidianas, por lo que ha de estar prevista una remuneración periódica para los socios profesionales, que procederá de las ganancias obtenidas por la sociedad. Ambos aspectos, gestión social y participación en los resultados sociales, se analizan a continuación en lo que ha de considerarse como una teoría general de las sociedades profesionales, para posteriormente ver la regulación contenida en el Estatuto General de la Abogacía Española y en el Código de la Abogacía Catalana, repasando, también, lo que sobre estos aspectos ha previsto el recientemente aprobado Proyecto de Ley de Sociedades Profesionales.

Abstract

Law firms, which are professional partnerships with legal personality of their own, give rise to a type of organisation that has some special features in comparison to other sorts of partnerships.
These special features stem from the purpose of a law firm, which means, to begin with, that a law firm must be organised such as not to curtail the principles that characterise professional practice and, more specifically, the freedom and independence with which professional partners must perform their professional activity in the firm, nor the specific principles of each profession, such as the client/attorney secret in the law. Furthermore, an attorney who joins a law firm does so with the intention of reaping certain profits to enable him or her to deal with daily economic needs, so periodic remuneration for the partners from the firm's earnings must be envisaged. Both of these aspects, management and a share in the firm's profits, are analysed below in what may be regarded as a general theory of professional partnerships. Afterwards, the regulations contained in the State Statute of Spanish Legal Practice and the Code of Catalan Legal Practice are seen, with a review of what the recently passed Professional Partnerships Bill has to say about these aspects as well.

Palabras clave

ABOGADOS.

Key words

ATTORNEYS.

Sumario

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